Cuando se publique la convocatoria de acceso a Tropa y Marinería, tendrás un periodo de quince días hábiles para solicitar la cita previa en la Subdelegación o Delegación de Defensa más cercana.
En el siguiente enlace puedes consultar la situación de la Subdelegación o Delegación de Defensa más próxima a tí : https://www.defensa.gob.es/defensa_yo/delegaciones/
La oposición de acceso a tropa consta de dos fases; En la primera fase deberás realizar un examen de psicotécnicos dividida en 7 bloques: razonamiento numérico, razonamiento espacial, razonamiento mecánico, memoria, razonamientoabstracto, razonamientoverbal y razonamiento perceptivo.
Si superas la nota de corte, serás seleccionado para realizar la segunda fase, que comenzará con una analítica de orina para la detección de sustancias estupefacientes.
A continuación deberás superar un reconocimiento médico y por último unas pruebas físicas que puedes consultar en la siguiente tabla.
A continuación puedes ver cuales son los requisitos más relevantes para acceder a la escala de Tropa y Marinería. Si quieres consultarlos todos puedes hacerlo a través del enlace a la última convocatoria: https://cutt.ly/XSbE8U2
Tener la nacionalidad española. (SALVO EXCEPCIONES)
El día de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente: cumplir o haber cumplido antes de esa fecha los 18 años de edad y no haber cumplido con anterioridad a ese día los 29.
Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado ningún procedimiento judicial por delito doloso.
No estar privado de los derechos civiles.
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.
No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.
Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes
Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.
Talla inferior a 155 cm o superior a 203 cm.
Peso: quedarán excluidos los aspirantes cuyo índice de masa corporal sobrepase 29 o sea inferior a 18.
Alteraciones de la tensión arterial: tensión arterial normal alta e hipertensión.
Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que puedan dificultar el desempeño de las funciones.
Enfermedades endocrinometabólicas que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia.
Enfermedades infecciosas y parasitarias.
Enfermedades inmunoalergicas de importancia.
Enfermedades reumáticas que provoquen trastornos funcionales.
Tumores malignos y lesiones precancerosas.
Intoxicaciones crónicas.
Dermatosis extensas y generalizadas
Dermatopatías contagiosas.
Afecciones y cicatrices que dificulten el desempeño de las funciones.
Anomalías congénitas o adquiridas del sistema nervioso central.
Enfermedades crónicas sistematizadas.
Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos.
Epilepsia.
Movimientos anormales uni o bilaterales.
Síndromes neurológicos que afecten a las funciones corticales.
Enfermedades metabólicas que alteren el sistema nervioso.
Trastornos del lenguaje.
Trastornos mentales orgánicos y derivados del consumo de sustancias psicotrópicas o drogas.
Esquizofrenia.
Trastornos neuróticos, del humor y de la personalidad.
Capacidad intelectual inferior a la media.
Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca.
Cualquier alteración de los maxilares.
Sialorrea.
Afecciones del esófago, estómago, recto, ano, hígado, vías biliares y páncreas que dificulten las funciones.
Secuelas postquirúrgicas incompatibles con la profesión militar.
Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física.
Fístulas perineales.
Malformaciones y afecciones del aparato respiratorio.
Enfermedades del intersticio.
Enfermedades obstructivas de las vías aéreas (Asma bronquial).
Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio.
Neoformaciones benignas.
Enfermedades del mediastino.
Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón.
Antecedentes de síncope o lipotimias repetidas.
Enfermedades valvulares, incluso corregidas quirúrgicamente.
Cardiopatía isquémica.
Síndrome de preexcitación.
Insuficiencia cardíaca.
Miocardiopatías.
Portadores de marcapasos, prótesis o injertos.
Enfermedades de los grandes vasos.
Arteriopatías periféricas.
Flebitis agudas.
Enfermedades, lesiones y anomalías de los huesos.
Ausencia o pérdida de parte de una extremidad.
Inestabilidades, esguinces o luxaciones de las principales articulaciones.
Seudoartrosis, anquilosis y rigideces.
Infecciones del tejido óseo, articular o muscular.
Cifosis superior a 45 grados.
Escoliosis superiores a 15 grados.
Atrofia o distrofia de un miembro superior o inferior.
Pérdida de un dedo de la mano o parte del mismo.
Alteraciones anatómicas que provoquen falta de poder de aprehensión de la mano.
Desviación de las articulaciones de la cadera o rodilla.
Acortamiento de un miembro inferior superior a dos centímetros.
Alteraciones de la estructura del pie que produzcan dolor.
Afecciones del aparato de la visión que incapaciten para la profesión de militar.
Enfermedades: exoftalmos, glaucoma, dacriocistitis, blefaroptosis, coloboma, blefaritis, conjuntivitis crónica, estafilomas, queratitis, uveítis, luxaciones del cristalino, hemorragias del vítreo, retinopatías y alteraciones degenerativas del fondo del ojo, neuritis óptica, diplopía.
Pérdida o atrofia de un globo ocular.
Reducción del campo visual superior a 25o.
Visión cromática: se exigirá reconocer colores puros.
Además, existe un requisito mínimo de agudeza visual lejana:
Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección: 1 en un ojo y 0,8 en el otro.
Miopía: máximo – 4 dioptrías.
Hipermetropía: máximo + 4 dioptrías.
Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe u oído que dificulten la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
Insuficiencia respiratoria nasal unilateral superior al 75 por 100.
Perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.
Enfermedades: Rinitis alérgica que limite la actividad física, anosmia, parosmia, sinusopatías, anomalías de la motilidad laríngea, enfermedad recurrente del oído medio, infiltración calcárea del tímpano, afecciones del oído de importancia, hipoacusias, etc.
Afecciones congénitas o adquiridas que puedan dificultar el desempeño de las funciones.
Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
Afecciones hematológicas que incapaciten para la profesión.
Anemias y leucopenias.
Síndromes mieloproliferativos.
Hemoblastosis. Leucosis.
Linformas. Mielosmas.
Trastornos de la hemostasia y coagulación.
Hemoglobinopatías con repercusión funcional importante.
Inmunodeficiencias.
Alteraciones analíticas.
En la escala de Tropa y Marinería percibirás un salario de entre 1000 y 1100 € mensuales en 14 pagas anuales. El sueldo varía en función de los diferentes complementos que puedas percibir en las diferentes unidades de las Fuerzas Armadas e irá en aumento a medida que acumules trienios.
Cuando inicies tu carrera en las Fuerzas Armadas comenzarás teniendo un total de 22 días al año de vacaciones y entre 6 o 7 días de asuntos propios. Estos días irán aumentando a medida que sumes años de servicio. A todo esto hay que añadirle los salientes por guardias de 24h o los días adicionales por maniobras o jornadas continuadas.
Si y no. Cuando accedas a la escala de Tropa y Marinería firmarás un compromiso inicial de dos o tres años prorrogables por otros dos o tres años. A los 6 años de servicio podrás firmar el compromiso de larga duración para permanecer en las Fuerzas Armadas hasta los 45 años, momento en el que pasarás a la reserva.
Si obtienes, como mínimo, el empleo de cabo y cumples los requisitos establecidos en la pertinente convocatoria, podrás presentarte a las oposiciones de tropa permanente. Si apruebas dichas oposiciones, pasarás a ser militar de carrera, pudiendo continuar trabajando en servicio activo hasta la edad de jubilación.
Y por supuesto, si accedes a la escalas de suboficiales u oficiales, también tendrás la consideración de militar de carrera, pudiendo permanecer en el ejército hasta jubilarte.